martes, 28 de abril de 2009
CABILDO DE ELECCIONES.

NOTA INFORMATIVA DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Informábamos anteriormente sobre Cabildo Extraordinario de Elecciones a celebrar (D.M) en el mes de septiembre del año en curso y como quiera que las cartas remitidas a los hermanos con derecho a voto no deja claro las fechas y estas se están recibiendo ahora, reunido el Cabildo de Señores de Oficiales que constituyen la Junta de Gobierno de esta hermandad en el día de ayer, acordó emitir la siguiente nota informativa, que es extracto de las NORMAS DIOCESANAS y se contemplan en NUESTROS ESTATUTOS.
FECHAS:
* DEL 20 DE ABRIL AL 20 DE JUNIO:
Los hermanos con derecho a voto pueden acudir a la hermandad para consultar personalmente la inscripción en el censo electoral y presentar, si es necesario, las correspondientes reclamaciones o rectificaciones, conforme a los datos que se remitieron a cada hermano y que figuran en el censo electoral aprobado por la delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías.
Todos estos datos quedarán en la prudente reserva y custodia de Secretaria de la Hermandad, para, si fuere necesario, manifestar su rectificación o reclamación, lo que puede realizarse personalmente en la hermandad los martes, vía correo electróncio o bien a través de contacto telefónico con el Sr Secretario, Francisco Dominguez Payan 615867876.
* DEL 21 DE JUNIO AL 21 DE JULIO
Un mes para la presentación de candidatos y la comprobación de las rectificaciones que se pudieran haber reclamado. La inscripción de los candidatos se hará en la Secretaría de la Hermandad, estando obligado el Secretario a expedir una certificación que le acredite que se ha presentado como candidato.Los que realicen la presentación de candidatos, todos, no solo el hermano mayor, lo indicaran por escrito siempre que reúnan los requisitos. Para ser candidato a Hermano Mayor o Teniente Hermano Mayor, además de los requisitos anteriores, se exige tener más de veinticinco años de edad y una antigüedad mínima en la Hermandad de cinco años ininterrumpidos.
DEL 21 AL 27 DE JULIO. La Junta remite censo definitivo y estudia los candidatos si cumplen los requisitos.
La Junta de Gobierno, una vez concluidos los anteriores procesos, en el plazo de siete días, se reunirá para aprobar el censo de hermanos definitivo que incluirá el anexo de rectificaciones, las candidaturas presentadas y certificar la idoneidad de los candidatos. Si algún candidato no cumple los requisitos exigidos en los Arts. 55 y 56 de las Normas Diocesanas, la Junta de Gobierno se lo comunicará, concediéndole un plazo de siete días para efectuar alegaciones.
Recibidas las mismas, la Junta de Gobierno resolverá en cinco días advirtiéndole del derecho de recurso ante la Autoridad Eclesiástica.
Posteriormente, la Junta de Gobierno enviará por duplicado el anexo de rectificaciones y las candidaturas a la Delegación Diocesana de HH. y CC.
No podrán ejercer su derecho al voto aquellos hermanos que, transcurridos los plazos señalados, no aparezcan en el censo de votantes, o bien, en el anexo de rectificaciones. De igual modo, no podrán presentarse como candidatos aquellos hermanos que, razonablemente, no han sido considerados idóneos por la Junta de Gobierno conforme a lo establecido anteriormente.
Visto Bueno al censo y candidaturas:
Acabados los plazos y una vez que los documentos estén en la Delegación Diocesana de HH. y CC., ésta, los transmitirá al Ordinario del lugar, quién a su vez, solicitará necesariamente un informe del Director Espiritual sobre la idoneidad de cada candidato, que le será enviado en sobre cerrado, quedando a salvo la posibilidad de pedir otros informes al Párroco de la Sede canónica de la Hermandad, a aquel del domicilio o cuasidomicilio del candidato, y a otras personas de buena fama y probada prudencia. El Ordinario del lugar dará o negará su beneplácito a los candidatos a la luz de los informes recibidos, comunicándolo a la Delegación Diocesana de HH. y CC. Si nada obsta al procedimiento seguido, dicha Delegación transmitirá el Visto Bueno al anexo de rectificaciones y a las candidaturas presentadas. En caso de que algunos de los candidatos no cumplan los requisitos establecidos se denegará su candidatura, quedando el derecho de recurso al
Ordinario del Lugar.
Convocatoria MEDIADOS DE AGOSTO
Recibido el Visto Bueno de la Delegación Diocesana de HH. y CC., el Secretario de la Hermandad, quince días antes de la celebración del Cabildo General Extraordinario de Elecciones, convocará, mediante cédula personal, a todos los hermanos con derecho a voz y voto. En dicha convocatoria, el Secretario se encargara personalmente de transmitir por carta a los hermanos del censo el listado de todos los candidatos que se presenten, así como la fecha, horario y lugar en que se celebrará el cabildo de elecciones.








